La aplicación plena del Estatuto del Artista está más cerca en España desde hace un mes con la llegada del Real Decreto-Ley del pasado martes 10 de enero. Es un desamarre de la romantización ventajista de la profesión, un atisbo de esperanza para los artistas que no necesariamente quieran morir sobre el escenario y sí disfrutar de sus derechos adquiridos, además de dar el do de pecho en la gestión de su tiempo en la jubilación.
La aplicación plena del Estatuto del Artista está más cerca en España desde hace un mes con la llegada del Real Decreto-Ley del pasado martes 10 de enero. La Real Federación de la Música de España (ES_Música) saludó con optimismo las medidas contempladas en el citado decreto, valorándolas como un primer paso de los varios que hay que dar para que el avance sea total mente satisfactorio.
El pasado 10 de enero se aprobó Real Decreto-ley 1/2023 de «medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas», publicado al día siguiente en el Boletín Oficial del Estado. Se trata de una luz de esperanza para un sector, el artístico, que ha sufrido desamparo como entidad laboral en cuanto a derechos, con la música como segmento especialmente golpeado.
Es_Música representa y promueve los intereses colectivos del sector de la música de España, desde la música grabada o en vivo a las editoriales y sociedades de gestión de derechos. Sus observaciones parten, por tanto, del consenso y el conocimiento profundo del medio. La primera apreciación de Es_Música al respecto fue la llegada de una prestación por desempleo para las personas trabajadoras del sector cultural (ya sean artistas, técnicos o auxiliares) por cuatro meses, que supone una cuantía de hasta el 100% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para las cotizaciones que superen el umbral de 61 euros (600 euros), aunque las cantidades resulten insuficientes en momentos de inactividad.
En segundo lugar, la compatibilidad entre la pensión de jubilación y el desarrollo de actividades artísticas soluciona una injusticia histórica, ya que se hipotecaba el ejercicio retribuido del arte más allá de los ingresos vinculados a derechos de propiedad intelectual. Es_Música cree, no obstante, que la nueva base de cotización de artistas autónomos con bajos ingresos es insuficiente, ya que la cuota de 161 euros mensuales cuando el artista no supera los 3.000 euros de ingresos anuales es excesiva.
Hay mucho trabajo por delante, y la institución espera que la tarea de las dos comisiones de trabajo anunciadas en el propio Real Decreto-ley 1/2023 (reconocimiento de la intermitencia en el ámbito de la Seguridad Social de los artistas, y comisión para promover la evaluación y el reconocimiento de determinadas enfermedades profesionales) sea coronada con el éxito, amén de renovar una normativa laboral que data del año 1985.
Los incentivos fiscales a la creación acercarían el modelo español a otros más evolucionados, como los de Francia o Italia.